Ayudas y deducciones

Deducción de IRPF por eficiencia energética

Por Javier Pineda Enrique · Publicado el 17 de septiembre de 2026 · Actualizado el

Si has sustituido o vas a sustituir una caldera de gas o de gasóleo por una bomba de calor aerotérmica, es muy probable que tengas derecho a deducirte parte de esa inversión en tu declaración de la renta. El problema no es que la ayuda no exista, sino que su vigencia ha tenido sobresaltos recientes que conviene conocer antes de dar por hecho un porcentaje que puede haber cambiado.

Las tres deducciones, explicadas sin letra pequeña

La normativa distingue tres deducciones distintas según qué mejora acredites con el certificado energético posterior a la obra:

Deducción del 20 %: reducción de la demanda de calefacción y refrigeración

Se aplica cuando las obras reducen al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración de tu vivienda habitual o de una vivienda arrendada o en expectativa de alquiler. Suele corresponder a mejoras de aislamiento (fachada, cubierta, ventanas) más que a un cambio de equipo de climatización. La base máxima de deducción es de 5.000 € al año.

Deducción del 40 %: reducción del consumo de energía primaria no renovable

Esta es, en la mayoría de los casos, la deducción que aplica cuando sustituyes una caldera de combustible fósil por una bomba de calor aerotérmica: si consigues reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o mejorar la calificación energética de tu vivienda hasta clase A o B, puedes deducirte el 40 % de la inversión, con una base máxima de 7.500 € al año.

Deducción del 60 %: rehabilitación energética de edificios completos

Cuando la actuación se hace sobre un edificio residencial completo —no sobre una vivienda individual—, la deducción sube al 60 %, con una base máxima de 5.000 € al año, posibilidad de arrastrar la parte no deducida durante los cuatro ejercicios siguientes y un límite acumulado de 15.000 €.

Requisitos comunes a las tres deducciones

  • Certificado de eficiencia energética antes y después de la obra, que acredite la mejora conseguida en los términos que exige cada tramo.
  • Pago por medios bancarios: transferencia, tarjeta o cheque nominativo. No es válido el pago en efectivo.
  • La vivienda debe ser tu vivienda habitual, o una vivienda arrendada o en expectativa de alquiler, según el tramo; en el caso de la deducción del 60 %, la actuación debe afectar al edificio completo.

Una vigencia con sobresaltos: lo que ha pasado en el último año

Esta deducción se aprobó originalmente con el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, y desde entonces se ha ido prorrogando en sucesivas normas. La prórroga más reciente antes de esta guía llegó con el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, que extendía la aplicación de las deducciones del 20 % y del 40 % hasta el 31 de diciembre de 2026. Sin embargo, ese decreto no llegó a ser convalidado por el Congreso: la Resolución de derogación se publicó el 27 de enero de 2026.

A pesar de esa derogación, la prórroga volvió a quedar vigente en los mismos términos gracias al Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, que restableció la extensión hasta el 31 de diciembre de 2026 para viviendas individuales y hasta el 31 de diciembre de 2027 para edificios residenciales completos. Es decir: si hiciste la obra en enero de 2026 pensando que la deducción seguía vigente, tenías razón, aunque durante unas semanas el texto legal que la sostenía formalmente no estuviera en vigor. Este vaivén es exactamente el motivo por el que en este sitio marcamos la fecha de verificación de cada dato normativo: una cifra fiscal en España puede cambiar de estado varias veces en pocos meses.

Antes de presentar tu declaración, confirma en la página de la Agencia Tributaria que la vigencia no ha vuelto a cambiar desde la fecha de actualización de este artículo.

Errores habituales que hacen perder la deducción

Por lo que hemos visto documentado en los criterios de la propia Agencia Tributaria y en la experiencia de asesores fiscales que tratan estas deducciones, los motivos más frecuentes por los que un contribuyente pierde el derecho a aplicarla son evitables si los conoces de antemano:

  1. Encargar el certificado energético posterior demasiado tarde, cuando ya ha pasado el plazo que corresponde al ejercicio fiscal en el que quieres imputar la deducción. El certificado debe reflejar la situación real de la vivienda tras la obra, así que conviene encargarlo en cuanto termine la instalación, no meses después.
  2. Pagar en efectivo, aunque sea una parte del importe, por ejemplo, un anticipo en metálico antes de firmar el contrato. Basta con que una parte del pago no pase por un medio bancario trazable para que esa parte no compute en la base de la deducción.
  3. No guardar la factura desglosada. Si la instalación de aerotermia se hace junto con otras obras de reforma que no tienen relación con la eficiencia energética, la factura debe permitir identificar qué importe corresponde exactamente a la actuación energética.
  4. Asumir el porcentaje equivocado. Confundir la reducción de demanda (tramo del 20 %) con la reducción de consumo de energía primaria no renovable (tramo del 40 %) es habitual, porque ambos suenan parecido. El certificado energético posterior debe indicar expresamente cuál de los dos indicadores has mejorado y en qué porcentaje, así que pide a quien lo emita que lo deje explícito.

Cómo declarar la deducción en la práctica

A grandes rasgos, el proceso para llegar a la declaración de la renta con la documentación en regla es el siguiente: encargas un certificado de eficiencia energética antes de empezar la obra, ejecutas la instalación pagando siempre por medios bancarios y conservando las facturas desglosadas, y encargas un segundo certificado energético una vez terminada la obra que acredite la mejora conseguida. Con ambos certificados y las facturas, ya tienes lo necesario para que, al presentar la declaración del ejercicio en que pagaste la obra, tu programa de ayuda de Renta o tu asesor fiscal apliquen la deducción correspondiente en el apartado de deducciones generales de la cuota. Si tienes dudas sobre cómo introducir estos datos en el programa de la Agencia Tributaria, su propia sede electrónica ofrece un asistente específico para estas deducciones, enlazado en las fuentes de este artículo.

Cómo se combina con otras ayudas

La deducción de IRPF es compatible, en términos generales, con las subvenciones autonómicas (como el Plan Eco-Vivienda de la Junta de Andalucía) y con las bonificaciones municipales de IBI e ICIO, porque son figuras jurídicas distintas: una deducción fiscal, una subvención directa y una bonificación de un tributo local. Lo que sí debes tener en cuenta es que la base de la deducción de IRPF se calcula sobre la cantidad que hayas pagado tú, no sobre el coste total antes de aplicar una subvención que ya te haya reducido la factura. Si combinas varias ayudas, te recomendamos llevar un desglose claro de qué parte de la inversión ha cubierto cada una, y consultar con un asesor fiscal cómo declarar correctamente el conjunto en tu caso concreto.

Para ver qué subvención autonómica y qué bonificación municipal te pueden corresponder además de esta deducción, usa el comprobador de ayudas o consulta directamente ayudas en Andalucía si tu vivienda está en alguna de las ocho capitales de provincia que ya hemos documentado.

Cómo afecta esto a la amortización de tu instalación

Si estás calculando en cuántos años se amortiza una instalación de aerotermia, la deducción de IRPF reduce la inversión neta igual que lo haría una subvención directa, aunque el momento en que la recuperas es distinto: una subvención suele descontarse antes o justo después de la instalación, mientras que la deducción fiscal la recuperas al presentar la declaración del ejercicio en que hiciste el pago (o de los siguientes, si arrastras parte de la base). Puedes simular el efecto conjunto de ambas ayudas en la calculadora de amortización, marcando la casilla de deducción de IRPF y seleccionando el porcentaje que corresponda a tu caso.

Qué pasa si tu comunidad autónoma o tu municipio también te ayudan

Esta deducción es estatal y se aplica igual en toda España, pero convive con ayudas de otros niveles administrativos que no siempre se explican juntas. Si tu vivienda está en Andalucía, por ejemplo, puedes optar además a la subvención autonómica del Plan Eco-Vivienda y, según el municipio, a una bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles o en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Ninguna de estas ayudas anula a las demás, pero cada una tiene su propio procedimiento, su propio plazo de solicitud y, en el caso de las bonificaciones municipales, su propia ordenanza fiscal que puede cambiar de un ejercicio a otro. Antes de dar por hecho que vas a poder sumar las tres ayudas al máximo porcentaje de cada una, revisa si alguna de ellas limita expresamente su importe cuando ya has recibido otra ayuda pública para la misma actuación, algo habitual en las bases reguladoras de subvenciones autonómicas y que no siempre aparece reflejado en la normativa fiscal estatal.

Metodología de este artículo

Los porcentajes, bases máximas y plazos de vigencia de este artículo proceden de la documentación pública de la Agencia Tributaria, contrastada con el trámite parlamentario de los reales decretos-ley citados. La fecha de verificación de este artículo coincide con su fecha de última actualización, visible al principio de la página. Si la normativa vuelve a cambiar, actualizaremos este artículo y dejaremos constancia del cambio en su fecha de actualización, tal como describe nuestra metodología.

Preguntas frecuentes

¿Necesito el certificado energético antes de empezar la obra?
Sí. Necesitas un certificado de eficiencia energética emitido antes del inicio de las obras y otro emitido después, para poder acreditar la mejora conseguida. Sin ambos certificados no puedes justificar el porcentaje de reducción de demanda o de consumo de energía primaria que exige cada tramo de la deducción.
¿Puedo pagar la instalación en efectivo y deducirla igualmente?
No. La normativa exige que los pagos se realicen por medios bancarios (transferencia, tarjeta, cheque nominativo) que dejen constancia del pago al instalador. Un pago en efectivo no es válido para justificar la deducción, con independencia de que tengas factura.
¿La deducción se aplica sobre el coste total de la instalación de aerotermia?
Se aplica sobre la base de la inversión que corresponda a las actuaciones de mejora energética, con el límite de la base máxima anual de cada tramo (5.000 € o 7.500 € según el caso). Si el coste de tu instalación supera ese límite en un único ejercicio, puede convenirte planificar el pago o consultar con un asesor fiscal las opciones de fraccionamiento admitidas.

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Fuentes citadas en este artículo

Consulta también nuestra metodología y el listado completo defuentes oficiales que usamos en todo el sitio.